CRINA RADU CIOBANU

CRINA_ ABOGADA_DERECHO_MERCANTIL_INMOBILIARIO

CRINA RADU CIOBANU

Departamento mercantil e inmobiliario

Abogada especialista en mercantil e inmobiliario

Experiencia y educación

Abogada especialista en operaciones mercantiles y societarias, así como en procedimientos inmobiliarios. Además, cuenta con amplia experiencia en derecho procesal y litigación en las anteriores  materias.

Su formación en Derecho y Relaciones Laborales por la Universidad Complutense de Madrid, así como el máster habilitante le aportan extensos conocimientos, contando además con 5 años de experiencia en el sector. 

Ámbito

Entre sus principales funciones se encuentran la asesoría y ejecución de operaciones societarias, operaciones de M&A y la compraventa y arrendamiento de inmuebles. Asimismo, asesora a Comunidades de Propietarios, impugnación de acuerdos, reclamación de cuotas impagadas, obras, etc. Además, presta representación procesal en materias civiles y mercantiles y asesoramiento integral a empresas, particulares y comunidades.

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    FAQS

    El contrato de arras conlleva la firma de un acuerdo previo a la compraventa mediante el cual, el comprador entrega una cantidad de dinero en concepto de señal para reservar un inmueble y asegurar la futura formalización del contrato de compraventa.

    Al comprar una vivienda en España, los impuestos a pagar varían dependiendo de si se trata de una vivienda nueva o una vivienda de segunda mano.

    Vivienda nueva: La adquisición de una vivienda de obra nueva está sujeta a dos impuestos principales, IVA y IAJD.
    Vivienda de segunda mano: En las transmisiones de viviendas usadas, no se paga IVA, sino el (ITP) Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, que seaplica sobre el valor escriturado o de referencia.

    Según el artículo 36.1 de la LAU, al firmar un contrato de arrendamiento de vivienda el arrendador solo
    puede exigir una mensualidad de renta en concepto de fianza.

    El arrendador está obligado a depositar la fianza en el organismo competente según la Comunidad Autónoma donde se encuentre el inmueble (por ejemplo, el IVIMA en Madrid)

    El arrendador está obligado a mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad, realizando todas las reparaciones necesarias para conservarla en el estado adecuado al uso convenido.

    Por tanto, el propietario debe hacerse cargo de:
    – Reparaciones estructurales (paredes, techos, suelos).
    – Sustitución o arreglo de instalaciones básicas (agua, luz, gas, calefacción, caldera).
    – Reparación o reposición de electrodomésticos incluidos en el contrato, salvo mal uso por parte del inquilino.

    Por otro lado, el arrendatario debe mantener la vivienda en buen estado, comunicar al propietario la necesidad de cualquier reparación y asumir las pequeñas reparaciones derivadas del uso ordinario, como pudieran ser arreglo de persianas, grifos, enchufes o cerraduras por desgaste, etc.

    El vecino moroso corre el riesgo de que la comunidad acceda a emprender acciones legales contra él. Se debe convocar una junta de propietarios a fin de que los vecinos aprueben reclamar las deudas judicialmente a través del un procedimiento monitorio.